VISTO: los recursos
administrativos de revocación y jerárquico en subsidio interpuestos por Senriver
SA contra la Resolución de Ursea Nº 202/019 de fecha 9 de julio de 2019;
RESULTANDO: I) que, por dicha
Resolución se impuso una multa de Unidades Indexadas 3.000 UI a Senriver SA
como consecuencia de su incumplimiento de aportar toda la información que se le
requirió dentro de cierto plazo, en el trámite del formulario N° 0035-3-2018, en
clara contravención de lo dispuesto en la Resolución de Ursea N° 37/013 que
establece la obligación de brindar la información solicitada;
II) que, la asesora letrada expresó que en lo
formal los recursos fueron interpuestos en tiempo y forma, mientras que desde
lo sustancial se entiende que no corresponde hacer lugar a los mismos;
III) que, se verificó el día 15 de agosto de
2018 se notificó a la empresa Senriver SA por medio del domicilio electrónico
(Referencia 02/006/8/2033/2018) lo solicitado en la publicación de documento
IRD-00054-2018 del formulario 0035-3-2018, constando en copia de que la
notificación que fue leída por el señor Alejandro Goldman;
IV) que, ante dicho requerimiento la empresa
no aportó la información requerida por esta Unidad Reguladora en el formulario
requerido, configurándose un incumplimiento a la Resolución de Ursea N° 37/013;
CONSIDERANDO: que se comparte lo
informado, por lo que procede resolver en consecuencia;
ATENTO: a lo expuesto y a lo
establecido en el artículo 317 de la Constitución, en el artículo 4º de la Ley
Nº 15.869 de 22 de junio de 1987, en la Ley Nº 17.598 de 13 de diciembre de
2002, con sus modificativas y concordantes, Decreto del Poder Ejecutivo N°
102-2019, Resolución de Ursea Nº 37/013, y demás normas concordantes y
complementarias, y considerando lo informado;
EL DIRECTORIO
RESUELVE:
1)
No hacer lugar al recurso de revocación presentado por Senriver SA contra la
Resolución de Ursea Nº 202/019 de fecha 9 de julio de 2019.
2)
Elevar el recurso jerárquico al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de
Industria, Energía y Minería.
3)
Notifíquese a los interesados y oportunamente archívese.
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